El Juzgado Federal de Campana declaró inválido el decreto que había frenado la Ley 27.793. La decisión responde a un amparo presentado por una familia con dos hijos con discapacidad y podría marcar un precedente en el control judicial sobre los vetos presidenciales.
El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, declaró inconstitucional el veto presidencial que había bloqueado la aplicación de la Ley 27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad. La resolución, dictada en el marco de un amparo, ordena restituir los beneficios de la norma a favor de dos niños con discapacidad y vuelve a encender el debate sobre los límites del Poder Ejecutivo para rechazar leyes aprobadas por el Congreso.
La causa se originó en la presentación de una familia que advirtió el “riesgo inminente” de que se interrumpieran los tratamientos de sus hijos debido a la “insuficiencia arancelaria” y a la dificultad de los prestadores para sostener la calidad del servicio. Según los padres, el estado de incertidumbre generado por la anulación de la ley incrementó los padecimientos de los menores, afectando su derecho a la salud, la educación y la rehabilitación.
En su fallo, el magistrado consideró que el veto vulneraba compromisos internacionales asumidos por la Argentina en materia de infancia y discapacidad. Subrayó que el Estado tiene una “obligación de no regresividad” en la protección de los derechos sociales, tal como lo establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Asimismo, sostuvo que las restricciones presupuestarias no pueden prevalecer sobre las garantías constitucionales que resguardan a los grupos más vulnerables.
La sentencia ordena a la obra social de los menores adecuar sus prestaciones de acuerdo con lo que establecía la ley de emergencia. Además, fija que el Estado Nacional deberá asumir los costos del proceso judicial. De esta manera, la resolución impacta directamente en la continuidad de los tratamientos de los niños involucrados, aunque también deja la puerta abierta a un posible precedente de mayor alcance.
La Ley de Emergencia en Discapacidad había sido sancionada por el Congreso, pero posteriormente vetada mediante el decreto 534/2025. Con la decisión del juzgado de Campana, el texto legal recupera validez en este caso concreto, mientras el Gobierno mantiene la opción de apelar. El fallo no solo refuerza la protección de las personas con discapacidad, sino que también reabre el debate sobre el control judicial de los vetos presidenciales en el sistema democrático argentino.